
El colapso sustancial de la justicia (IV y final)
Tiempo de lectura: 5 minutos Por Ramón Cadena. La Comisión IDH, como ya dije anteriormente, desde el año 2021 puso a Guatemala en el renglón IV B. porque consideró que éste se enmarcaba en el artículo 59 inciso 6. d) del Reglamento de la CIDH, el cual estableció como criterio para la inclusión de un Estado miembro en el