Comunidades de Yich K’isis piden a la CC que consulta sobre hidroeléctrica no legitime decisiones tomadas sin su consentimiento

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Créditos: Francisco Simón

Los comunitarios advirtieron que la empresa hidroeléctrica comenzó operaciones sin una consulta libre e informada, por lo que ahora apelan a la Corte de Constitucionalidad (CC) la defensa de sus derechos humanos y ambientales. Por su parte, la empresa busca alarmar a los magistrados alegando que si su resolución no es apegada a derecho pone en riesgo la certeza jurídica y los proyectos hidroeléctricos que representan el 35 por ciento de la energía consumida en el país.

Por Rony Ríos

Los dirigentes comunitarios y autoridades indígenas de San Mateo Ixtatán, Huehuetenango, acudieron a la Corte de Constitucionalidad (CC) para insistir en que el proceso de consulta relacionado con la hidroeléctrica Pojom II no puede convertirse en una formalidad destinada a validar decisiones tomadas años atrás sin el consentimiento de las comunidades.

La audiencia pública se realizó el 5 de junio en el marco del expediente 7799-2025, en el que varios representantes comunitarios impugnaron parcialmente una sentencia emitida por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que ordenó al Ministerio de Energía y Minas (MEM) concluir el proceso consultivo en un plazo de 12 meses y posteriormente continuar con el proyecto.

Yich K’isis: una década de resistencia por los ríos y el territorio

Durante más de una década, las hidroeléctricas Pojom I y Pojom II han estado en el centro de un conflicto social, ambiental y jurídico en la microrregión de Yich K’isis, ubicada en San Mateo Ixtatán, Huehuetenango. 

Las comunidades indígenas Chuj, Q’anjob’al y Akateko han denunciado que los proyectos fueron autorizados a la empresa Energía y Renovación S.A. (antes Promoción y Desarrollos Hídricos) sin una consulta previa, libre e informada, pese a que podrían afectar ríos, fuentes de agua y territorios utilizados históricamente por la población local.

Comunitarios han rechazado la imposición de hidroeléctricas en su territorio al norte de Huehuetenango. Foto Prensa Comunitaria

La conflictividad se intensificó conforme avanzaron las obras y las organizaciones comunitarias documentaron enfrentamientos entre pobladores, fuerzas de seguridad y personal vinculado a las empresas desarrolladoras, así como denuncias por amenazas, criminalización y hechos de violencia que dejaron personas fallecidas y heridas.

Las comunidades sostienen que el proyecto alteró la convivencia local y profundizó divisiones internas que aún persisten.

En distintos procesos judiciales, las comunidades acudieron a los tribunales para reclamar el respeto a su derecho de consulta, reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y en la jurisprudencia constitucional guatemalteca. Como resultado, las cortes ordenaron al Estado desarrollar un proceso consultivo con los pueblos indígenas potencialmente afectados.

Sin embargo, la forma en que debe realizarse esa consulta continúa siendo motivo de disputa. Mientras las comunidades argumentan que el proceso perdió su carácter previo debido a que las autorizaciones y parte de las obras ya fueron ejecutadas, los ministerios involucrados sostienen que la consulta sigue siendo un mecanismo válido para garantizar la participación de la población indígena y atender las obligaciones internacionales del Estado.

La controversia llegó nuevamente a la Corte de Constitucionalidad a través del expediente 7799-2025, en el que los accionantes cuestionan una sentencia de la Corte Suprema de Justicia que ordenó concluir el proceso consultivo en un plazo determinado y posteriormente continuar con el proyecto. Para los representantes comunitarios, la resolución no corrige las violaciones denunciadas y deja sin respuesta aspectos fundamentales relacionados con la participación de las autoridades ancestrales, la vigencia de las licencias y la evaluación integral de los impactos ambientales, culturales y espirituales.

Para las comunidades, el principal problema radica en que la consulta que ordena la sentencia sería posterior a la autorización y ejecución de diversas fases del proyecto, contradiciendo el principio de que estos procesos deben realizarse de manera previa, libre e informada.

Comunitarios constatan daños provocados por la empresa Energía y Renovación S.A. en 2024. Foto Lencho Pez

“Los ríos son importantes para la alimentación, el uso personal y la convivencia comunitaria”, expresó el exdiputado Leocadio Juracán durante la vista pública celebrada ante la CC, quien aseguró haber acompañado durante años a las comunidades de Yich K’iisis en la defensa de su territorio.

Juracán sostuvo que la construcción de la hidroeléctrica alteró la convivencia comunitaria, afectó la relación de las comunidades con los recursos naturales y provocó conflictos sociales que aún persisten. También recordó que durante el desarrollo del proyecto ocurrieron hechos de violencia, incluido un asesinato en 2017. “El proyecto rompe el tejido social, la armonía comunitaria y afecta el tema ambiental y espiritual”, afirmó.

Cuestionan exclusión de autoridades indígenas

La abogada Olivia Sian Chávez, representante de Juracán, explicó que uno de los principales agravios de la sentencia es que únicamente reconoce como interlocutores válidos a los Consejos Comunitarios de Desarrollo (Cocodes) y Consejos Municipales de Desarrollo (Comudes), dejando fuera a las autoridades indígenas ancestrales.

Según Sian, la resolución desconoce las formas propias de organización de los pueblos indígenas y limita su participación efectiva dentro del proceso consultivo. “La sentencia sigue causando agravios al pueblo maya Mam de San Mateo Ixtatán”, indicó.

Por ello solicitaron a la CC modificar el fallo para que se reconozca la participación de las estructuras indígenas legítimamente constituidas y que se mantenga la suspensión de las operaciones mientras se garantizan las condiciones necesarias para una consulta adecuada.

“No somos delincuentes”

Uno de los testimonios más duros durante la audiencia fue el de Joel Raymundo Domingo, integrante de las comunidades afectadas.

Raymundo recordó que la empresa ofreció energía eléctrica gratuita a cambio del respaldo al proyecto, pero aseguró que las obras terminaron alterando los cauces de los ríos utilizados históricamente por las comunidades para abastecerse de agua, pescar y realizar actividades cotidianas. “Estaban destruyendo el territorio”, señaló.

También relató episodios de conflictividad ocurridos durante los años de construcción de las hidroeléctricas Pojom I y Pojom II.

“La PNC, Ejército y la seguridad de la empresa nos sacaron con bombas lacrimógenas, armas blancas y armas de fuego”, afirmó. Según su relato, durante una manifestación un anciano que participaba en la defensa del territorio fue asesinado.

“Quedó una historia sangrienta y no somos delincuentes; defendemos los bosques, los ríos y el territorio”, manifestó Raymundo Domingo.

Piden estudios antes de consultar

Juan Castro, abogado del Bufete de Pueblos Indígenas y representante de Raymundo Domingo, sostuvo que el Estado no puede limitarse a convocar una consulta sin antes generar información técnica suficiente para que las comunidades puedan tomar decisiones informadas.

Según explicó, antes de iniciar cualquier proceso consultivo deben realizarse estudios ambientales, culturales, espirituales y sociales que permitan determinar los impactos reales del proyecto.

Castro señaló que incluso existen cuestionamientos sobre la vigencia de las licencias ambientales del proyecto y recordó que organismos internacionales realizaron evaluaciones que identificaron riesgos asociados a la pérdida de biodiversidad, deslaves y otros impactos ambientales.

Asimismo, indicó que la información debe ser trasladada a las comunidades en sus propios idiomas y mediante mecanismos culturalmente adecuados.

“No renunciamos al derecho de consulta, pero no se puede ejecutar sin las garantías mínimas antes de hacer esa consulta”, afirmó.

En 2022, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) retiró el financiamiento a dos proyectos hidroeléctricos en Yich K’isis tras un informe del Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación que concluyó que el organismo incumplió con sus propias leyes al otorgar un préstamo de US$ 13 millones a Energía y Renovación S.A. La empresa demandó al Estado que fue condenada a pagar US$64.5 millones a la compañía. 

Entre el desarrollo energético y los derechos indígenas

Durante la audiencia también participaron representantes que defendieron la continuidad de los proyectos hidroeléctricos.

El administrador del Mercado Mayorista, Gerardo Arturo López Bhor, advirtió que las hidroeléctricas generan alrededor del 35 % de la energía consumida en Guatemala y que la incertidumbre jurídica sobre este tipo de proyectos podría afectar la estabilidad del sistema eléctrico nacional.

Su representante legal, Nidia Paola Navarro Archila, sostuvo que el caso trasciende a un proyecto específico y podría tener implicaciones para todo el subsector eléctrico.

Empresas defienden sus operaciones a pesar de la oposición de las comunidades afectadas. Foto Prensa Comunitaria

Sin embargo, la Procuraduría General de la Nación (PGN) recordó que el derecho de consulta forma parte del bloque de constitucionalidad guatemalteco y constituye una obligación estatal orientada a garantizar la participación efectiva de los pueblos indígenas en decisiones que puedan afectar sus territorios y recursos naturales.

La Corte de Constitucionalidad deberá resolver ahora si la sentencia impugnada garantiza de manera adecuada esos derechos o si, como sostienen las comunidades, la consulta ordenada corre el riesgo de convertirse en un mecanismo para legitimar decisiones tomadas sin su consentimiento previo.

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