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Manuel Baldizón seguirá sin ser juzgado por tres delitos por resolución de la CC

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Créditos: Prensa Comunitaria
Tiempo de lectura: 3 minutos

 

Por mayoría, el pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió mantener una resolución que protege a Manuel Baldizón de ser juzgado por lavado de dinero, asociación ilícita y financiamiento electoral no registrado en el caso Transurbano.

Por Alexander Valdéz

Por mayoría, el pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) negó una apelación interpuesta por la Procuraduría General de la Nación (PGN) y el Ministerio Público (MP) para suspender la resolución del Juzgado Segundo Penal, que en octubre de 2022, lo benefició al no ligarlo a proceso penal por lavado de dinero, asociación ilícita ni financiamiento electoral no registrado en el caso Transurbano. En esa audiencia de primera declaración solo se le procesó por financiamiento electoral ilícito.

Los apelantes intentaron suspender la decisión del juzgado y luego la de la Sala Tercera de Apelaciones, que confirmó la falta de mérito para Baldizón por esos tres tipos penales. Una de las razones era que consideraban que no se fundamentó las razones para desligar al político de esos delitos, pese a que existían suficientes indicios de su posible comisión.

“No existiendo una debida fundamentación en lo considerado por dicha autoridad confirmar lo resuelto por el juez de primera instancia en el sentido de otorgar falta de mérito a favor del sindicado, ya que los razonamientos que indujeron a la autoridad denunciada para adoptar tal conclusión no se ajustan a los medios de investigación puntual y detalladamente descritos por el ente investigador, que determinan la probabilidad de la participación de los sindicados en los hechos imputados”, alegaron los apelantes.

Sin embargo, la CC integrada por Néster Vásquez, Roberto Molina Barreto, Dina Ochoa, Claudia Paniagua, Héctor Hugo Pérez Aguilera y Juan José Samayoa Villatoro, avalaron la decisión que benefició al político acusado de corrupción. La única que se opuso fue la magistrada Leyla Lemus.

“Apreciados los hechos relatados por el postulante, con base en el análisis efectuado a la copia de la pieza de amparo de primer grado y la resolución que se conoce en alzada, esta Corte advierte que, en el presente caso, no concurren las circunstancias que ameritan el otorgamiento de la protección interina requerida ni se dan los supuestos regulados en el artículo 28 ibídem, por lo que debe confirmarse el numeral II) del auto apelado, en cuanto deniega el amparo provisional solicitado”, concluye.

El caso Transurbano no avanzó

Una investigación que dirigió la FECI, de Juan Francisco Sandoval, estableció que en 2011 el financiamiento declarado ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE), por el extinto partido LIDER de Baldizón fue de Q11 millones 54 mil 425, pero la investigación determinó que el 87.44% de los aportes no provenían de financistas.

De acuerdo con el MP, al menos Q6.5 millones provenientes del subsidio destinado al transporte público del sistema Transurbano fueron canalizados directamente hacia las campañas electorales de dicho partido durante los años 2011 y 2015.

Con la destitución de Francisco Sandoval, el caso no tuvo ningún avance, actualmente no se ha desarrollado la audiencia de apertura a juicio contra todos los acusados. La diligencia se ha suspendido constantemente.

Otro fallo reciente

La semana pasada, la Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó una apelación solicitada por el Ministerio Público (MP) y revocó un beneficio concedido por el Juzgado Segundo de Instancia Penal a favor del excandidato presidencial Manuel Baldizón en el caso Transurbano, y que le permitía movilizarse por todo el territorio nacional.

Con el nuevo fallo, la CC obliga al juzgado a que modifique las medidas sustitutivas y únicamente le permita movilizarse en el departamento de Guatemala. Incluso ese beneficio ya había sido confirmado por la Sala, sin embargo, ahora se revoca.

Los magistrados de la CC dieron la razón a la fiscalía y otorgaron la apelación. A su criterio, sí se daban las circunstancias denunciadas por la fiscalía para dejar sin efecto ese beneficio para Baldizón.

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