La Torre de Tribunales presenció este día la última vez que Manuel Baldizón se sentó en la silla de acusados, luego de que se ordenara el sobreseimiento del caso Transurbano y con eso quedara libre de los cargos de los que se le acusó.
Por Prensa Comunitaria
El expresidenciable Manuel Baldizón se santiguó tras escuchar el fallo con el que se detendrá toda la persecución penal que, en su momento, impulsó en su contra la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) de Juan Francisco Sandoval.
Apenas pasaron dos años, desde que fue expulsado de Estados Unidos, para que el exdiputado se librara de las investigaciones de corrupción en los que se le señaló en el país. Primero del caso Odebrecht y hoy del caso Transurbano.
La decisión que pone fin a su enfrentamiento con la justicia lo emitió Mario Hichos, quien integra el Juzgado Segundo Penal. El juez argumentó que no debía cerrar el caso, porque Baldizón estaba acusado de un delito que no estaba vigente cuando ocurrieron los hechos.
En este expediente, el Ministerio Público señaló al exfuncionario de financiamiento electoral no registrado, un ilícito descrito en el artículo 407 “O” del Código Penal y que se agregó a ese cuerpo legal en 2018, tras una resolución de la Corte de Constitucionalidad.
La adición se hizo porque inicialmente el Código Penal castigaba con la misma pena que los partidos políticos recibieran financiamiento proveniente de actividades ilícitas y el que no reportaran aportes o se ocultara la identidad de los financistas.
La reforma al Código Penal, según abogados y jueces, hacía la distinción entre, primero, los aportes que eran ilícitos y, segundo, aquellos que consistían en donaciones legales pero no se anotaban en los libros contables.
La primera fue denominada financiamiento electoral ilícito y quedó fijada con una pena de entre 4 y 12 años de prisión. La segunda se tituló financiamiento electoral no registrado y se le asignó un castigo de entre 1 y 5 años de cárcel.
Los profesionales del derecho consideraron que la norma de financiamiento electoral no registrado se aplicaría para hechos previos a 2018, ya que favorecía a las personas que debían ser juzgadas por financiamiento electoral ilícito.
De esa manera, se estaría aplicando el principio de irretroactividad de la ley, el cual establece que las leyes no se pueden emplear para castigar conductas previas a su vigencia, salvo cuando favorezcan al sindicado.
Sin embargo, la interpretación que ahora le han dado los jueces ha favorecido a Gustavo Alejos, Alejandro Sinibaldi y Manuel Baldizón, quien según las investigaciones habría estado involucrado en la recepción irregular de Q6.5 millones para el partido Lider.
La FECI de Juan Francisco Sandoval indicó que ese dinero provenía del Estado y se iba a utilizar para la implementación del Transurbano en la capital. Sin embargo, los fondos sirvieron para financiar las campañas políticas del petenero.
Para que el dinero llegara a las finanzas de la agrupación política, la pesquisa detalló que Baldizón creó un conglomerado de empresas que simulaban transacciones con los verdaderos financistas.
La fiscalía refirió que el objetivo de estas actividades era ocultar la procedencia de los recursos. Todo esto ocurrió, aparentemente, entre 2011 y 2015, años en que el exlegislador intentó llegar a la Presidencia.
El juez, además del sobreseimiento a favor del excongresista, ordenó que se iniciara una persecución penal en contra de los fiscales. Esta ha sido recurrente entre diversos jueces, quienes han ordenado la criminalización de los investigadores que estuvieron a cargo de expedientes de alto impacto.
Narco
Si bien el expresidenciable se libró de la justicia guatemalteca, en Estados Unidos fue condenado por pedir y aceptar contribuciones de narcotraficantes para financiar sus campañas políticas y adquirir propiedades en Miami.