Renovar un pasaporte, abrir una cuenta en instituciones financieras o solicitar un crédito son trámites que solo requieren de tiempo y paciencia, una vez, su nombre no aparezca en una imaginaria lista de personas permitidas, que se ampara en instrucciones administrativas. Estas órdenes a veces verbales y otras escritas, son las responsables de rechazar gestiones de operadores de justicia, cuya lucha contra la corrupción y la impunidad les ha obligado, a algunos, a salir al exilio, y activistas ambientales reconocidos como incómodos a las mineras o propietarios de extensiones de tierra con monocultivos. Les rechazan los trámites a conveniencias y discrecionalidad con el argumento de que existen normas vigentes que avalan esas decisiones.
Por Claudia Méndez Villaseñor
“Hay una lista negra en la que aparecen los nombres de las personas a las que no se le renueva el pasaporte. Existe. Es un documento sin rango de ley, pero sí violenta garantías constitucionales. Hacen daño con artilugios legales y eso sí es constitutivo de delito”, explicó un abogado a cuyo patrocinado se le negó en el extranjero la renovación del pasaporte guatemalteco. Algo similar sucedió en el país a otra persona, a quien el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) también le rechazó el trámite. ¿Por qué?
En el Código de Migración y su reglamento, por ejemplo, no existe una prohibición expresa que rechace o prohíba renovar un pasaporte, tanto en suelo nacional como en las distintas sedes consulares de Guatemala acreditadas en el mundo. Sin embargo, el IGM suele suspender la extensión de un pasaporte cuando en al sistema ingresan alertas como la Alba-Kenneth o la de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas, entre otras.
“Es ilógico. Dicen que si hay una alerta Alba-Kenneth se suspende la extensión de un pasaporte en el extranjero. Pero, primero, cómo salió del país … de forma ilegal. Si se quiere resolver la situación y regresar a Guatemala no se puede. Porque no se tiene pasaporte. Es contradictorio lo que hacen”, señaló el jurista. “Este no es el caso de mi cliente”, advirtió.
Prensa Comunitaria conversó con varios afectados, operadores de justicia y activistas ambientales, blanco de persecución política y judiciales, quienes solicitaron resguardar sus nombres por tratarse de un tema sensible.
“Es como una especie de lista negra en la que figuran algunos nombres de las personas incómodas al expresidente Alejandro Giammattei, pero él ya no gobierna”, añadió.
El entrevistado contó el caso de una persona a quien de forma anómala se le había girado una orden internacional de detención y que luego se retiró. “No se le renovó el pasaporte por ese motivo”, mencionó. “Tampoco pueden negar la renovación de un pasaporte por un arraigo cuando no se está en el país. Un arraigo funciona en territorio nacional. Afuera no hay arraigo. Es un sinsentido”, agregó.
Un protocolo vigente
Los argumentos legales y las interpretaciones para negar la renovación de un pasaporte, a operadores de justicia, por ejemplo, caen por su propio peso. “Lo que señalan es ilegal”.
En la actualidad en el Instituto Guatemalteco de Migración está vigente el Protocolo de Actuación “Enrolamiento e Impresión de Pasaportes en el Extranjero”, elaborado por el departamento de Identificación y Emisión de Pasaportes, de la subdirección de Identidad Personal y de Viaje, que guía en 40 pasos, el procedimiento que se debe seguir en las misiones diplomáticas y consulares guatemaltecas acreditadas en el mundo al momento de extender el pasaporte.
“Es una especie de instructivo que comenzó a utilizarse, en mayo de 2023, como un manual de procedimientos sin rango de ley. La única referencia que se hace a la renovación del pasaporte, sin definirlo como tal, es en el punto 28, que señala que al revisar y autorizar un pasaporte guatemalteco se verifica que el solicitante no tenga alertas activas como la Alba-Kenneth o la de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas. En caso de que las tenga se le niega el documento y debe solventar esa situación legal”, añadió.
“Quieren hacer ver que este Protocolo de Actuación es superior a la Ley que creó el IGM o el Código Migratorio. Nos llama la atención que lo comenzaron a seguir el año pasado y también que lo quieren invalidar por medio de un acuerdo. En este caso, es un procedimiento administrativo no legal. ¿Cómo un acuerdo va a derogar algo que no es ley. Por eso mismo tampoco se puede seguir un recursos de inconstitucionalidad”, mencionó.
“Es claro que es una orden que llegó del Ejecutivo, como venganza contra operadores de justicia. Ahora se nota que las autoridades del IGM tienen miedo de que si gestionan la renovación de los pasaportes a operadores de justicia, el Ministerio Público (MP) comience una persecución en su contra”, consideró.
En ese sentido, ha trascendido que en el IGM funciona una especie de enlace entre esta dependencia y el MP, lo cual también resulta ilegal, porque no tiene facultades sobre el funcionamiento del proceso migratorio del país. “Eso es facultad del Ejecutivo”.
Más tropiezos
Otros operadores de justicia enfrentan el mismo problema y se les niega la renovación del pasaporte porque han sido colocados en la lista de Personas Expuestas Políticamente (PEP), de la Intendencia de Verificación Especial, de la Superintendencia de Bancos (SIB) y eso no corresponde, mencionó el abogado responsable de este caso, quien no se identifica para no afectar a las personas que representa. “Un fiscal, un juez, el oficial de un juzgado no es una PEP”, dijo.
De acuerdo con la SIB una Persona Expuesta Políticamente guatemalteca es quien:
- Ocupa un cargo público relevante que deviene de elección popular
- Fue nombrada conforme las leyes correspondientes y por lo cual ejerce autoridad, competencia legal o representación de carácter oficial de una municipalidad, dependencia, entidad u organismo estatal
- Son PEP los jefes de Estado, ministros de Consejo o de Gobierno y puestos equivalentes, así como embajadores, según la SIB
“Un abogado no entra en estas categorías a menos que se intérprete a conveniencia esta clasificación”, agregó.
En ese sentido, el departamento de Comunicación Social del IGM dijo que el pasaporte guatemalteco se extiende, en exclusiva, por el departamento de Identificación y Emisión de Pasaportes, de la subdirección de Documentos de Identidad Personal y de Viaje, de acuerdo con el Código de Migración, decreto 44-2016, del Congreso de la República y su Reglamento.
“Se renueva el pasaporte cuando se solicita porque cambiaron los datos del titular relativo a su estado civil o que haya vencido. Para renovar el pasaporte se debe presentar el documento anterior (el que expiró) y cumplir los otros requisitos”, añadió.
El departamento de Comunicación Social del IGM aseguró que “el trámite de renovación de pasaporte se realiza en el marco de la normativa vigente, sin prejuzgar la situación política del solicitante”.
En el extranjero, a veces ocurre otro tipo de situaciones explicó el departamento de Comunicación Social del IGM. “Si dentro del proceso de revisión y autorización del pasaporte se verifica que el solicitante tiene una alerta activa como la Alba-Kenneth o la de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas se suspende la emisión de pasaporte hasta que se solvente la situación legal y se notifica a la autoridad en cuestión”, agregó.
El artículo 26 de la Constitución Política de Guatemala establece que “toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley. No podrá expatriarse a ningún guatemalteco ni prohibírsele la entrada al territorio nacional o negársele pasaporte u otro documento de identificación”.
“El derecho de cualquier guatemalteco a obtener y renovar el pasaporte dentro o fuera del país tiene un valor jurídico superior a los demás recogidos en el ordenamiento jurídico, al ser inherentes a la dignidad humana”, contó uno de los entrevistados.
“Ninguna ley podrá contrariar las disposiciones de la Constitución. Las leyes que violen o tergiverse los mandatos constitucionales son nulas ipso jure”. En este sentido, se trata de un manual administrativo, señaló.
El abogado mencionó además que la Corte de Constitucionalidad sentó criterio de jurisprudencia al señalar que “el hecho de que un guatemalteco se encuentre sujeto a proceso penal no constituye una justificación para que la autoridad migratoria le niegue la emisión o renovación del pasaporte”, afirmó.
“Negar la emisión o renovación del pasaporte por alertas activas y cuya situación jurídica debe resolver el solicitante, resulta ser una decisión arbitraria, abusiva y violatoria del derecho fundamental de identidad y nacionalidad consagrado en el artículo 26 de la Constitución. Se pretende mediante subterfugios jurídicos sancionar o penalizar a esa persona sin el fallo condenatorio de un órgano jurisdiccional”, añadió.
No obstante, la explicación del IGM sobre que el pasaporte se renueva a los guatemaltecos, en el marco de la normativa vigente, sin prejuzgar la situación política del solicitante, queda la duda sobre las intenciones de la entidad al establecer un Protocolo de Actuación, en mayo de 2023. Fue durante los gobiernos de Jimmy Morales y Alejandro Giammattei que se agudizó persecución política y judicial contra operadores de justicia, que en algún momento denunciaron, investigaron o fallaron en relevantes casos de corrupción y de impunidad.
“Hubo órdenes desde el gobierno para incluirlos en estas listas negras y eso afecta mucho. Por venganza se utiliza al Estado para atacar y hacer daño. Destruyen la vida de las personas que no les parecen”, consideró.
Un funcionario del actual gobierno advirtió que “muchas instrucciones fueron verbales, sin papel de por medio, y eso cuesta mucho denunciarlo. Se evidencia cuando algo sucede y no sé sabe quién o quiénes dieron la orden”.
No obstante, en el caso de los pasos para la no renovación de un pasaporte si hay un manual escrito, que es utilizado a discrecionalidad.
Los mal vistos
Los obstáculos y negativas en la renovación de pasaportes es uno de los problemas que enfrentan operadores de justicia, también han sido rechazadas sus solicitudes en instituciones del sistema financiero del país. Esto también le sucede a activistas y líderes comunitarios opositores a la actividad minera y los monocultivos.
Una abogada, a la que se le abrió un causa judicial y fue encarcelada y luego liberada, un banco le rechazó el trámite para abrir una cuenta de ahorros. “Dijeron que no se podía, que tenía que presentar un documento en que se explicara mi situación jurídica”, mencionó.
“Dijeron que podía retirar mi dinero, pero que no podía depositar. Por eso no se me habilitaba una cuenta de ahorros. Pedí hablar con el área jurídica para que me explicaran. Nadie me atendió. Nadie explicó por qué hacían esto. Un banco es una entidad privada, qué tipo de controles llevan para decidir sobre personas sin condena. Es muy injusto”, añadió.
Los nombres de líderes comunitarios, pescadores y defensores ambientales de El Estor, Izabal, también aparecen en una imaginaria “lista negra”, que equivale a rechazos rotundos en gestiones y trámites como abrir una cuenta de depósitos monetarios o de ahorro, así como acceso a créditos o microcréditos.
“No hay órdenes o instrucciones por escrito que den fe de esta lista negra. Si se sabe que existe porque llaman los empresarios y dicen los nombres de las personas que incomodan para que no les presten los servicios”, dijo un testigo que ha presenciado esta situación irregular.
El Estor es un municipio efervescente a causa de la conflictividad social generada por dos actividades que impactaron la calidad de vida de vecinos del centro y de las comunidades más remotas. Por un lado, extensas plantaciones de palma africana, propiedad de la compañía NaturAceites S. A., avanzan hacia las aldeas y las mantienen al límite y sin servicios básicos.
Por el otro, conviven en medio de la contaminación del agua y del ambiente generadas por Compañía Guatemalteca de Níquel. El descontento es generalizado y los ánimos se crispan frente a esta clase de atropellos que afectan a aquellos que denuncian y critican las acciones de estas empresas. Por ejemplo, las comunidades recuerdan que la minera comenzó a operar en la localidad sin una consulta comunitaria participativa y consensuada.
“A los líderes y a otros activistas les han negado una cuenta bancaria. A otros créditos. Parece ser que desde las compañías se habla con las instituciones financieras para decir a quién si y a quién no hay que atender y apoyar”, dijo.
“En casos de emergencia o por una necesidad muy grande se han decidido viajar a Puerto Barrios y tratar allí de gestionar las solicitudes de crédito y tampoco se puede”, mencionó. “Son acciones sin base legal, sin ninguna justificación. Es solo complicar la vida a las personas. Hacerlos vulnerables y castigarlo por sus denuncias o su trabajo en las comunidades”.