La Corte de Constitucionalidad amparó al acusado y dejó sin efecto la resolución de la Cámara Penal de la CSJ, que confirmó y le impuso una pena inconmutable por sus responsabilidad de los delitos de homicidio y homicidio en grado de tentativa.
Por Alexander Valdéz
El pleno de magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) otorgó el amparo definitivo a la defensa de Jabes Meda y dejaron sin efecto la resolución de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que confirmó e impuso una pena de 20 años de cárcel inconmutables y lo declaró culpable de los delitos de homicidio y homicidio en grado de tentativa de la estudiante Brenda Domínguez, y lesiones graves de otros estudiantes que manifestaban en la Calzada San Juan, en 2017.
El fallo de la CC implica que la Cámara Penal emita una nueva resolución sobre las acciones legales presentadas por los afectados. Además, abre la puerta a que se revise nuevamente la sentencia y esta pueda ser rebajada, como lo ha buscado la defensa.
El 6 de octubre de 2023, la Cámara Penal aceptó parcialmente una casación presentada por querellantes del caso contra Meda. Ese recurso legal aumentó la pena de cárcel contra el acusado, y mantuvo la ordenada por el Tribunal Séptimo, que impuso más de 20 años inconmutables contra el sindicado de dichos delitos.
En su reclamo, el abogado Jaime Hernández mencionó que no se podía aumentar la condena contra su patrocinado. A su criterio, el MP no acreditó que existiera intención de dar muerte a la víctima, ya que “no se probó dolo directo o eventual” en el caso concreto; asimismo, indicó que sólo se probó la intención de pasar el bloqueo que ejercían las víctimas en la calle, y que por una imprudencia, aceleró su vehículo y les causó lesiones sin intención de dañarlos.
“Incurrió en falta de fundamentación, porque debió resolver e imponer la pena correspondiente, realizando un análisis propio de las penas impuestas, no obstante, no expresó motivos de hecho ni de Derecho para sustentar su decisión, vulnerando así los fines de la pena”, añadió.
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CC favorece al acusado
El fallo fue emitido por mayoría, es decir no todos estuvieron de acuerdo. Los magistrados Néster Vásquez, Héctor Hugo Pérez Aguilera, Walter Jiménez y Luis Rosales, estuvieron a favor, mientras que Leyla Lemus votó en contra. Los togados consideran que la Cámara Penal no hizo un estudio adecuado de la casación que presentaron las víctimas, y que fue aceptada por la CSJ.
Señalaron que en relación a la casación del MP, no se identificó ninguna irregularidad, sin embargo, dio la razón a Meda en la acción de los querellantes y por la que la pena se convirtió en inconmutable. “Denota esta Corte que le asiste la razón a los amparistas en cuanto a la violación a la limitación del conocimiento en que incurrió la Cámara objetada, al declarar procedente parcialmente el recurso promovido por los querellantes adhesivos; razones por las que los amparos deben otorgarse parcialmente, con el único efecto positivo de que la Cámara objetada emita nuevo fallo”, se lee en la resolución.
Ahora, la CSJ debe hacer un nuevo estudio del caso y sobre el hecho vinculado a la aplicación de la pena de los 20 años.
Cuando la CSJ conoció el caso, no sólo confirmó la sentencia, sino que la aumentó. La Sala Segunda de Apelaciones, de aquel momento, favoreció al acusado, rebajando la sanción penal de 20 a únicamente ocho años de prisión conmutables, al haber aceptado la apelación especial del procesado.
Un vínculo entre magistrado y abogado
El amparo fue conocido por el magistrado suplente Luis Rosales, pese a que este tiene una cercanía con el abogado Jaime Hernández, defensor del acusado. Ambos ejercieron la defensa del fallecido expresidente de facto, José Efraín Ríos Montt, cuando estuvo procesado y fue condenado por el caso del genocidio Ixil.
Además, ambos están vinculados al partido Valor de Zury Ríos. De hecho, Rosales tuvo un corto paso por el Congreso de la República en 2019, cuando fue elegido por ese partido político antes de llegar a la CC, en 2021. Por su parte, Hernández, defensor del acusado beneficiado, figuró como abogado del partido y quien presentó una denuncia por un supuesto “fraude” en las elecciones del 2023.
El proceso sobre la tragedia regresa a CSJ
El 27 de abril de 2017, Jabes Meda, con 25 años en ese momento, arrolló a varios estudiantes de la Escuela de Ciencias Comerciales II, que protestaban sobre la Calzada San Juan, por inconformidades que ocurrían dentro del centro de educación media.
Meda trató de pasar por la manifestación y aceleró su vehículo para abrirse paso entre y sobre los estudiantes. El cuerpo de una quedó atorado entre una llanta y el pavimento. El conductor aceleró a pesar de que varios manifestantes le gritaban que se detuviera.
Entre las evidencias localizadas existe el análisis de la prueba técnico-científica y el análisis videoforense de diversas imágenes que se pudieron recolectar de instituciones públicas y privadas, donde estableció la línea de tiempo de los sucesos. El fotograma incluye el momento en que Meda Maldonado se da a la fuga, dirigiéndose a la 12 avenida A y 12 calle de la zona 7, ingresando el automóvil a un parqueo donde lo dejó abandonado.
Entre la recolección de indicios están la tarjeta de acceso a un residencial, la cual llevó a establecer el lugar y el nombre del propietario, Jabes Otoniel Meda Carrillo, padre del sindicado, y varias manchas de sangre localizadas en el guardapolvo del automotor.